Las sanciones y sus características son las siguientes:
Las sanciones son:
Si la persona que denuncia o la que es denunciada no está de acuerdo con la sanción ratificada y/o modificada de la Comisión Superior, puede apelar ante la Secretaría General. La Secretaría General debe dictar la sanción definitiva en un plazo de 10 días hábiles.
Las sanciones son graduales y varían según si la persona denunciada es estudiante, docente o funcionaria.
Sanciones a estudiantes: desde una amonestación verbal, amonestación escrita, la suspensión de la calidad de alumno regular, hasta la expulsión. Todas las sanciones quedan en el expediente académico del estudiante.
Sanciones a docentes: desde una amonestación oral, amonestación escrita, multa o rebaja de remuneración, hasta la desvinculación por grave incumplimiento de las obligaciones. La sanción queda consignada en el expediente del docente. Un/a docente sancionado/a no puede acceder a beneficios como becas o sabáticos, y se informará a su Comisión de Calificación.
Sanciones a funcionarios/as: desde una amonestación oral, amonestación escrita, multa o rebaja en remuneración, hasta la desvinculación por grave incumplimiento de las obligaciones. También queda en la hoja de vida del/de la funcionario/a, y se considera en los procesos de evaluación de desempeño. Tampoco puede acceder a beneficios como becas.
La violencia sexual motivada por la condición de género es una circunstancia agravante. Violencia de género se entiende de manera amplia y considera conductas como:
Las sanciones también tienen atenuantes: irreprochable conducta anterior, colaboración en el esclarecimiento de los hechos y confesión de los hechos, y la reparación del daño causado o de las consecuencias que de este se deriven.
La Comisión Superior debe ratificar o modificar la sanción propuesta por la Dirección Jurídica. Esta Comisión está compuesta por:
La Comisión Superior también tiene integrantes suplentes. Estos serán requeridos cuando alguno de los miembros permanentes tenga un conflicto de interés con el denunciante o denunciado, o bien ante la ausencia justificada de alguno de los comisionados permanentes.